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24 abr 2015

La Secretaría General de Pesca traslada al sector de Cádiz y Huelva la obligatoriedad de desembarque de los descartes que fija la nueva Política Pesquera Común


La Subdelegación del Gobierno en Cádiz ha acogido una reunión de representantes de la Secretaria General de Pesca, organismo del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA), con miembros del sector pesquero del Golfo de Cádiz (Cádiz y Huelva), principalmente de las modalidades de cerco y arrastre, y de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, para tratar cuestiones técnicas de interés que afectan a la flota andaluza.

En la reunión se han abordado, además de otros temas, dos aspectos técnicos importantes, como son el Diario de Pesca Electrónico y la obligación de desembarque de los descartes en base a la reforma de la Política Pesquera  Común (PPC).

A este encuentro han asistido casi una treintena de delegados pertenecientes a la Federación Andaluza de Asociaciones Pesqueras (FAAPE), la Asociación de armadores del Puerto de Cádiz, la Cofradía de Sanlúcar, la Asociación Barbateña de Empresarios de Pesca (Abempe), o los inspectores de pesca de Cádiz y Huelva.   

DESEMBARQUE DE DESCARTES 
El descarte es la práctica de devolver al mar las capturas no deseadas, vivas o no, por no alcanzar la talla, porque el pescador no dispone de cuota o por determinadas normas de composición de las capturas. La nueva PPC elimina este despilfarro introduciendo la obligación de desembarque.

Esta novedad favorece una mayor selectividad y una mayor fiabilidad de los datos sobre las capturas. Para facilitar la adaptación de los pescadores al cambio, la obligación se irá introduciendo paulatinamente entre 2015 y 2019 en toda la pesca comercial (especies sujetas a TAC o a tallas mínimas) en aguas europeas.

Todas las capturas deberán conservarse a bordo, desembarcarse y deducirse de las cuotas. El pescado de talla inferior a la reglamentaria no podrá comercializarse para el consumo humano.

DIARIO ELECTRÓNICO DE ABORDO 

Respecto al Diario Electrónico de Abordo (DEA), la actividad pesquera necesita estar sometida a un grado de inspección y control que permita asegurar su sostenibilidad a lo largo del tiempo. Una de las formas principales de inspección y control es asegurar que lo que se pesca no supera los límites establecidos. Por este motivo, es obligatorio que los buques pesqueros cuenten con un diario de pesca donde anoten sus capturas diarias.

El Reglamento nº 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, establece la obligatoriedad, a partir del 1 de enero de 2012 para los buques cuya eslora total sea superior a 12 metros, de la utilización de un sistema electrónico de grabación y transmisión de datos relativos a la pesca, sistema que se denomina diario electrónico de a bordo o DEA, salvo en las siguientes excepciones:


a)    Faenen exclusivamente en aguas territoriales del Estado miembro del pabellón, o

b)    Nunca pasen más de 24 horas en el mar, desde la hora de salida del puerto hasta la hora de regreso a él.



El Reglamento de Ejecución (UE) Nº 404/2011, define el “cuaderno diario de pesca electrónico” como el registro mediante medios informáticos de los datos de las operaciones de pesca por los capitanes de los buques pesqueros, transmitidos a las autoridades de los Estados Miembros.



Los capitanes de los buques pesqueros comunitarios que registren y notifiquen los datos sobre sus actividades pesqueras por vía electrónica, estarán exentos de la obligación de cumplimentar en papel el cuaderno diario de pesca, la declaración de desembarque y la declaración de transbordo.



Esta herramienta, que es de obligado cumplimiento, proporciona un seguimiento en tiempo real del consumo de la cuota y la modernización de la flota, así como un seguimiento en tiempo real de toda la actividad del buque.



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