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12 ago 2010

La Unión de Guardias Civiles entiende que ACAIP defienda al funcionario, pero no comprende como pretenden darle la “vuelta a la tortilla” acusando a los perjudicados, los dos Guardias Civiles

La Unión de Guardias Civiles se personará como parte de la “Acusación” en la denuncia interpuesta, y admitida a trámite por la Autoridad Judicial, por un presunto delito de detención ilegal contra el Jefe de Servicios del Centro Penitenciario “Puerto III”.
La Secretaría General de la Unión de Guardias Civiles (UniónGC) de Andalucía, no comprende como el representante del Sindicato de Funcionarios ACAIP, trata de darle la “vuelta a la tortilla” al suceso ocurrido el pasado día 04 por un Funcionario de Prisiones y Jefe de Servicios del Centro Penitenciario “Puerto III”, que tomó la decisión de mantener retenidos contra su voluntad, a una pareja de Guardias Civiles que acudió al Centro Penitenciario para realizar un servicio de traslado de un interno que había en la enfermería del mencionado lugar. (...)

Ante los hechos ya relatados en la propia denuncia, y que han supuesto la imputación de un delito de detención ilegal al Funcionario Jefe de Servicios del Centro Penitenciario “Puerto III”, creemos normal que, si es afiliado del Sindicato ACAIP, le pongan a su disposición sus servicios jurídicos e intenten defenderlo ante la Justicia como cualquier ciudadano tiene derecho, pero lo que no compartimos es que, aunque sean familiares, un representante de un Sindicato como ACAIP, realice maniobras mediáticas faltando a la verdad que no justifica la acción que realizó el imputado. Aún siendo verdad, que no lo es, que la Central Operativa de Servicios ordenó a los Guardias Civiles que esperasen el relevo en el Centro Penitenciario, esta orden se las emitiría a los propios Agentes y no obliga al Jefe de Servicios del Centro que no la recibió, asegurarse de que los Guardias Civiles no saliesen del Centro ordenando el cierre de las Puertas. Los Guardias Civiles de desobedecer una orden, hubiesen cometido una falta disciplinaria a nuestro régimen interno, serían responsable de sus actos y seguramente pagarían por sus acciones u omisiones, la responsabilidad no recaería sobre el funcionario de prisiones que abusando de una potestad que no tiene, comete un delito contra las libertades de las personas con el fin de que los Guardias Civiles trasladasen al interno. La organización, disposición de efectivos y patrullas de Guardias Civiles, corresponde a los mandos de la Guardia Civil y a la C.O.S, para el traslado, escolta y/o acompañamiento de internos que han de salir del Centro no a Instituciones Penitenciarias, que lo único que ha de hacer es dar aviso a la Central de la Guardia Civil cuando sea necesario, ella se encarga de la organización del servicio, y hasta la fecha, sin incidentes y con total profesionalidad, en Puerto I y II.

No se puede explicar, ni justificar lo acaecido. Un Funcionario de Prisiones y Jefe de Servicios, no se puede irrogar la potestad de retener a dos Guardias Civiles contra su voluntad cerrándoles las puertas del Centro Penitenciario, porque, para mayor desgracia, y en su línea de profesionalidad, tampoco permitió que la patrulla que iba a efectuar el relevo entrase con el vehículo. Tuvieron que hacerlo andando, entrando por la parte peatonal que custodia los compañeros del Cuerpo Nacional de Policía y cruzando por el patio. Si, es increíble pero cierto, y con esa actuación, no ha demostrado más que la intención de perjudicar a los Agentes privándoles de un bien jurídico tan protegido como es la libertad de movimiento y coaccionar las funciones que tenían encomendadas.

Desde nuestra organización, pedimos que tanto el representante de ACAIP y el propio funcionario de prisiones imputado, repasen el Código Penal, su Título VI “Delitos contra la libertad”, Capítulo I “De las detenciones ilegales y secuestros”, en especial tipo cualificado del art. 167, que de ser condenado, le supondría al autor pena de prisión de cinco a seis años, e inhabilitación absoluta de ocho a doce años. También deberían tener presente el Capítulo III “De las coacciones”, así como, deberían conocer que la obediencia debida no es causa de justificación para cometer un delito, y lo decimos por la funcionaria que ejecutó la orden de cerrar las puertas.

Afortunadamente en este caso para los Guardias Civiles perjudicados, la Central Operativa de Servicios graba todas las comunicaciones tanto las emitidas por radio como las telefónicas, y las referentes con los hechos han sido aportadas como pruebas en la denuncia. También, los vehículos policiales disponen de un localizador GPS que informa en todo momento de los movimientos, y que también ha sido aportado. Agradecemos que Instituciones penitenciarias tengan las grabaciones de las cámaras, y que la pongan a disposición Judicial, pues de no ser así, la UniónGC cuando sea parte del proceso las pedirá como prueba. No entendemos tampoco como al día siguiente, a la Policía Judicial y una pareja de servicio se les hecho del lugar por el Director del Centro, cuando intentaban tomar fotografías, croquis del lugar, declaraciones de testigos, etc… ¿porqué se obstruyó la acción de la justicia?.....
Conociendo por lo tanto lo sucedido y corroborando las pruebas físicas y testificales, la UniónGC realizó una exposición exhaustiva de los hechos, y agradece la actuación policial realizada por los Mandos de la Guardia Civil, los propios Guardias Civiles, el equipo de Policía Judicial,… que actuaron con total profesionalidad como siempre hace nuestro Cuerpo, y no se ha de poner en duda por ACAIP, más bien que se cuestione si obedece a una buena profesionalidad que un funcionario retenga contra su voluntad y con total abuso de poder a dos personas. Ha ningún Guardia Civil se le ocurre dejar encerrado en el Cuartel a una persona contra su voluntad y sin causa justificativa de delito, ni por un minuto, y si lo hiciese, nuestra organización seguramente reconocería la grave equivocación cometida.

Recordamos que los hechos esta en manos de la justicia, y estamos convencidos que la actuación de la misma determinará el grado de responsabilidad de cada uno de los implicados en tan lamentables hechos. Esperamos y estaremos vigilantes para que no se produzca maniobra alguna encaminada a ocultar prueba de los mismo, de manera que la Justicia tenga todas las herramientas a su disposición para hacer su trabajo correctamente.
Desde la UniónGC, lamentamos profundamente todo lo sucedido, que no deja de ser un hecho puntual y desgraciado, pero no esta demás recordarle al Sindicato ACAIP que los sindicatos en general tienen que estar al margen de la tergiversación y la manipulación, en defensa de la verdad y de la justicia. Estamos convencidos que este incidente de ninguna manera va a enturbiar las relaciones entre ambos Cuerpos, cada uno sabe lo que tiene que hacer y las medidas a tomar dentro de su parcela de responsabilidad.

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