Se obtiene autorización administrativa por el plazo de un año para la instalación de una rampa desmontable de acceso a embarcaciones, esta fue incluida en el Plan de Explotación de Playas del ejercicio 2009, en dominio público marítimo-terrestre, junto a las instalaciones del Club Náutico, para su utilización con vehículos a motor.
Esta demarcación ha resuelto autorizar la referida rampa de acuerdo con algunas condiciones. Para acceder con vehículos a la playa debe estar autorizada por escrito por el Ayuntamiento, las características de la rampa coincidirán con el apartado en el plan de Explotación de Playas 2009, un tiempo de recorrido indispensable para acercar o para retirar la embarcación, no se puede circular por la playa ni dunas, no se puede estacionar el vehículo terrestre autorizado, ni el remolque, la persona que sea denunciada por acceder con vehículos a la playa por la referida rampa sin autorización, será sancionada por infracción del artículo 33.5 de la Ley de Costas.
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